Cómo impactará la baja del IVA en las granjas de cerdos

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escrito por Germán Piquer

En la reforma tributaria que se aprobó el pasado 27 de diciembre se prevé equiparar la presión tributaria de las tres carnes líderes de la Argentina. En la actualidad, la producción y comercialización de animales y carnes de cerdo y aviar están gravadas con un IVA del 21%, mientras que es del 10,5% para la carne vacuna. La idea es llevar las tres al 10,5 por ciento.

El argumento es que la menor presión tributaria, además de nivelar la situación relativa, redundará en una baja de precios al consumidor, en una promoción al consumo interno de estas carnes y, como consecuencia, en un estímulo para la producción. Otra razón es el nivel de informalidad que registran las cadenas.

En los productores porcinos hay inquietud por los efectos no deseados que podría generar la baja del IVA: la posibilidad de que se presenten saldos técnicos a favor de los contribuyentes en forma permanente por la presencia de alícuotas diferenciales, del 21% en las compras de insumos, servicios e inversiones y del 10,5% en las ventas.

Un trabajo de Juan Manuel Garzón del Ieral analiza específicamente ese tema. Determina la posición del IVA en dos sistemas intensivos de producción (250 madres y 500 madres) con información provista por actores del mercado (costos, precios) para el período octubre 2016 / septiembre 2017 en la situación tributaria actual y en el escenario hipotético de reducción del IVA al 10,5 por ciento.

En el caso de la granja de 250 madres se suponen parámetros bajos de eficiencia (2563 kilos por madre año), mientras que en la granja de 500 se toman parámetros altos (3536 kilos por madre año). La idea es contemplar situaciones que probablemente estén en los «extremos» de lo que sería una realidad «promedio» en materia de productividad en estos sistemas productivos (3000 kilos madre año).

Los resultados indican que la baja del IVA a la producción y comercialización de cerdos (10,5%) reduce sensiblemente los saldos técnicos, aunque estos seguirían siendo positivos en cinco de los seis tipos de granjas analizadas

Sólo en uno de los casos el cambio tributario habría dejado los saldos técnicos en negativo (a favor del contribuyente) en el período octubre 2016/setiembre 2017; es en la granja de menor productividad y en la situación donde ésta se provee de todo el alimento completamente en el mercado (por ende a un costo mayor de IVA).

En el ejercicio se supuso que todas las compras y las ventas se declaran, y a sus precios reales de mercado, un cambio en este punto modifica los resultados, por caso, una política de subdeclaración de ventas tendría menos espacio para producirse, dado que reduciría aún más los saldos técnicos, con riesgo de hacerlos negativos y que una parte del IVA pagado pase definitivamente a formar parte de los costos;

La subdeclaración de ventas tendría a priori menos sentido, también lo es que la posibilidad de un menor recupero de IVA podría generar incentivos contrarios a los buscados por el lado de las compras de insumos gravados, induciendo a una mayor subdeclaración de estas operaciones.

El hecho que los saldos técnicos se reduzcan en forma significativa expone al sector a quedar con saldos sin recuperar (quizás durante varios meses) en ciclos de márgenes ajustados o negativos, los que seguramente se presentarán en el futuro, tal como ya sucediera por caso durante el primer semestre de 2016.

El análisis realizado no incluye el IVA pagado en inversiones y aún pendiente de recuperación, salvo aquel vinculado a la genética y los reproductores que sí está considerado. Esto implica que aquellas granjas que tengan todavía IVA por recuperar vinculado a instalaciones, equipamiento, demorarán más tiempo en hacerse de estos recursos, siendo esto claramente un problema en un contexto de inflación, elevado costo financiero y ausencia de ajuste de los adelantos realizados al fisco;

De concretarse la baja de la alícuota del IVA ventas, es indispensable acompañar la medida con un esquema que garantice el recupero del IVA inversiones en un plazo razonable, ya sea mediante créditos fiscales contra otros impuestos, certificados transferibles, devoluciones de fondos y/o cualquier otro mecanismo que logre que los inversores se hagan rápidamente de estos fondos y reduzcan el costo financiero asociado al pago del IVA, indica el trabajo.

Fuente: lanación.com
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